El próximo 16 de agosto no será laborable, atendiendo a la excepción que establece la ley 139-97 que regula los días feriados.
El 16 de agosto de cada año, Día de la Restauración, se cambia para el lunes siguiente, en caso de que caiga jueves y viernes, y al precedente cuando coincida con los martes y miércoles.
Sin embargo, el artículo 2 de la legislación, retoma el feriado para el 16 de agosto cuando se trate con el inicio de un período constitucional, o sea la toma de p..Leer Mas-->>
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