Santo Domingo. El Ministerio de Trabajo informó que cuando el primero de mayo, Día Internacional del Trabajo coincida con el domingo, su carácter no laborable tendrá vigencia el lunes siguiente.
La Ley 139-97, explica que los días 6 de enero, día de Reyes; 26 de enero, día de Duarte; primero de mayo, día del Trabajo; 16 de agosto, día de la Restauración y 6 de noviembre, día de la Constitución, que coincidan con los días martes, miércoles, jueves y viernes de la semana de que se trate, según el caso, se celebrarán en los centros de trabajo y estudio, actividades destinadas a exaltar la significación de la fecha.
En tanto, el párrafo dos del artículo 4, de la referida ley, establece que el primero de mayo, Día Internacional del Trabajo se trabaja y se traspasa el feriado para el lunes dos del mismo mes.Leer Mas-->>
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